Información Accesible y Rendición de Cuentas, A.C.
Personas, Organizaciones e Instituciones mejorando
REGLAMENTO INTERNO
DE INFORMACIÓN ACCESIBLE Y RENDICIÓN DE CUENTAS, A.C.
TÍTULO SEXTO DE LAS RESPONSABILIDADES, PROCEDIMIENTOS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y SANCIONES
CAPÍTULO PRIMERO
DE LAS RESPONSABILIDADES
Artículo 118. Los Asociados y Colaboradores de la Asociación, deberán actuar conforme a lo establecido en el presente Reglamento, al Código de Ética y de Conducta de la Asociación y demás disposiciones normativas que emita la Asociación.
Artículo 119. Los Asociados y Colaboradores de la Asociación, deberán regirse al interior de ésta, bajo los siguientes principios:
I. Legalidad;
II. Honradez;
III. Lealtad;
IV. Imparcialidad; y
V. Eficiencia.
Artículo 120. Los Asociados y Colaboradores de la Asociación, son responsables de actuar en los términos siguientes:
I. Cumplir con la máxima diligencia, en el proyecto o actividad que le sea encomendada y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia en el desarrollo de las mismas o implique abuso o ejercicio indebido del cargo o comisión asignada;
II. Formular y/o ejecutar, los proyectos, planes, programas, actividades y/o presupuestos que les sean asignados y cumplir con las disposiciones normativas que determinan y regulan el manejo de los recursos económicos y materiales de la Asociación;
III. Utilizar los recursos que les sean asignados para el desempeño de su cargo o comisión y desempeñar las atribuciones que les fueran conferidas y exclusivamente para los fines establecidos o acordados;
IV. Utilizar la información de carácter confidencial o reservada de la que tenga acceso por la función que le fuera conferida, únicamente para los fines establecidos o acordados;
V. Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su cargo o comisión tenga acceso, transite o conserve en su poder, impidiendo o evitando el uso, divulgación, sustracción, destrucción, ocultamiento, inutilización indebidas de las mismas;
VI. Observar buena conducta en su cargo o comisión, tratando con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas con las que tenga relación con motivo de éste;
VII. Observar en la dirección de los Asociados o Colaboradores a su cargo, las debidas reglas del trato y abstenerse de incurrir en agravio, desviación o abuso de autoridad;
VIII. Observar respeto y subordinación legítimas con respecto a los cargos superiores inmediatos o mediatos, cumpliendo las disposiciones que éstos dicten en el ejercicio de sus atribuciones;
IX. Comunicar oralmente o bien por escrito las dudas fundadas que le suscite la procedencia de las órdenes o instrucciones que reciba;
X. Abstenerse de ejercer atribuciones de un cargo o comisión después de concluido el período para el cual se le designó o de haber cesado, por cualquier otra causa, en el ejercicio de sus atribuciones;
XI. Abstenerse de disponer o autorizar a un subordinado, con el que se le establezca un horario de labores y asistencia, no asistir sin causa justificada a su horario, así como otorgar indebidamente, sin el visto bueno del Consejo Directivo, de licencias o permisos con goce parcial o total de la percepción económica cuando las necesidades de sus actividades no lo exijan;
XII. Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado por resolución firme de la Asamblea General para ocupar un cargo en la Asociación;
XIII. Excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios;
XIV. Informar por escrito al Consejo Directivo o a la Asamblea General, sobre la atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia la fracción anterior y que sean de su conocimiento;
XV. Abstenerse, durante el ejercicio de sus atribuciones y actividades asignadas de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, objetos mediante enajenación a su favor en precio notoriamente inferior al que el bien de que se trate y que tenga en el mercado ordinario, o cualquier donación, empleo, cargo o comisión para sí o sus familiares o par de negocio;
XVI. Desempeñar su cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que la Asociación le otorga por el desempeño de sus actividades asignadas;
XVII. Abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese o sanción de cualquier Asociado o Colaborador, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso;
XVIII. Atender con diligencia las instrucciones, requerimientos y resoluciones que reciba de la Asamblea General, Consejo Directivo o Directores, de acuerdo con la competencia y atribuciones de éstos;
XIX. Proporcionar en forma oportuna y veraz, toda la información y datos solicitados a la Asociación, ya sea por personas internas o externas a ésta, siempre y cuando no pueda causar un daño o perjuicio a terceros;
XX. Abstenerse, en el ejercicio de sus atribuciones o con motivo de ellas, de celebrar o autorizar la celebración de pedidos o contratos relacionados con adquisiciones, arrendamientos y enajenación de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza con quien desempeñe cargo o comisión al interior de la Asociación, sin la autorización previa y específica del Consejo Directivo; y
XXI. Las demás que impongan los acuerdos tomados por la Asamblea General o el Consejo Directivo, que obren en actas que al efecto se levanten.
La violación flagrante de uno o más de los términos anteriormente explicitados constituye, para la Asociación y sus Asociados, actos contrarios a la moral, y/o las buenas costumbres
Artículo 121. El incumplimiento de cualquier fracción del artículo 119, será considerada una infracción y podrá ser objeto de una sanción.
CAPÍTULO SEGUNDO
PROCEDIMIENTOS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Artículo 122. En el caso de conflictos, controversias o diferencias se llevarán a cabo los siguientes a través de los siguientes procedimientos:
I. Procedimiento de Retroalimentación;
II. Procedimiento de Inconformidad; y
III. Procedimiento de Revisión.